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ANALIZAN EN EL CONGRESO QUE LA ATENCIÓNDE LA DIABETES INFANTIL SEA ASUNTO PRIORITARIO

Chilpancingo, Gro., 14 de abril de 2024.- Para establecer la atención especial de la diabetes infantil como un asunto prioritario, que comprenda la detección temprana y tratamiento adecuado, prevenga complicaciones crónicas y garantice el derecho de los menores de edad al disfrute del más alto nivel posible, el diputado Carlos Cruz López propuso reformar la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guerrero.
En el documento que analiza la Comisión de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el legislador señala que los derechos de la niñez están previstos en la Constitución Política de los Estados Mexicanos, Tratados Internacionales y demás leyes aplicables, de entre los cuales el derecho a la salud es uno de los más importantes.
Explicó que el Estado tiene tres tipos de obligaciones con respecto al derecho de la salud: no interferir ilegítimamente en el ejercicio de este derecho; protegerlo contra los daños causados por terceros, incluida la supervisión y regulación de los agentes del sector sanitario privado, así como adoptar las medidas legislativas, administrativas, presupuestarias, judiciales, de promoción y/o de otro tipo para la plena realización del derecho a la salud.
Sin embargo, expuso que aunque las leyes establezcan lo anterior, el aumento de la obesidad infantil, principalmente por hábitos alimenticios deficientes y el sedentarismo, ha contribuido al incremento de casos de diabetes en los últimos cinco años entre niños y jóvenes mexicanos.
Agregó que en Guerrero existen 542 mil niños que viven con diabetes tipo 1 y casi 78 mil pequeños la desarrollan cada año, estadística que va a la alza entre esta población, producto del desequilibrio alimenticio, en ocasiones inherente al sobrepeso y la obesidad.
Cruz López señaló que es preocupante que este padecimiento vaya creciendo en niños, hecho por el cual propone incluir la diabetes infantil como una enfermedad que se debe atender de manera especial, para que a las niñas, niños y adolescentes que la padecen se les practiquen los estudios necesarios que permitan la detección temprana, ya que un control adecuado retrasa la presencia de complicaciones crónicas en el futuro.
La propuesta plantea reformar la fracción X del artículo 49 de la Ley número 812 para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

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Ceprovysa

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