Sesión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. / Foto: SCJN / Cuartoscuro.com
Entre las propuestas de González Alcántara Carrancá está, principalmente, que no se realice la elección de jueces y magistrados federales ni locales
Aldo Canedo
SemMéxico/ El Sol de México, Cd. de México, 5 de noviembre,2024.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discute hoy la inconstitucionalidad de algunos puntos de la Reforma Judicial. El proyecto busca echar abajo algunas disposiciones, entre ellas la elección de jueces y magistrados, pero también propone validar otras modificaciones al Poder Judicial de la Federación (PJF), como la elección de ministros de la Corte y la extinción de los fideicomisos.
El pasado lunes 28 de octubre el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá hizo público el proyecto tras analizar las impugnaciones presentadas ante la Corte por los partidos políticos de oposición. En el documento de 366 páginas, el ministro advierte que será la primera vez que la SCJN analiza una reforma constitucional:
“Antes de entrar al análisis del Decreto impugnado, habría que dejar claro que esta será la primera vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizará, en una acción de inconstitucionalidad, el planteamiento de vicios al proceso legislativo y, en caso de resultar infundado, esta será también la primera vez que, en una acción de inconstitucionalidad, se revisen los planteamientos materiales que se formulan en contra de una reforma constitucional”.
El ministro sostiene que la SCJN sí tiene facultades para analizar la Reforma Judicial —pese a todas los declaraciones de diputados, senadores y hasta de la Presidenta que indicaban lo contrario— dado que “ciertas normas de la Constitución Federal pueden ser calificadas como ‘leyes electorales federales’, para efectos de la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad en su contra.”
Tras varios apartados explicativos, Alcántara Carrancá afirma que la Constitución tiene un carácter de ley, y la SCJN sí tiene facultades explícitas para analizar leyes: “De ahí que resulte innegable el carácter de ‘ley’ de la Constitución Federal, pues si bien goza de ciertas características particulares, lo cierto es que constituye un ordenamiento -de carácter fundamental- integrado por una diversidad de normas generales”, indica el proyecto.
Con ello, el ministro de la Corte no busca declarar inválida toda la reforma, sino sólo algunas disposiciones. De hecho, el proyecto ha sido calificado como una buena salida político-jurídica a toda la problemática que ha conllevado la discusión y aprobación de esas modificaciones constitucionales.
“Yo creo que es un proyecto que tiene dos grandes características. Técnica y jurídicamente es muy sólido. Creo que realmente hicieron un muy buen ejercicio argumentativo para mostrar porqué sí son procedentes las acciones de inconstitucionalidad (…) Y luego hay una parte de una enorme prudencia política”, afirmó Javier Martín Reyes, jurista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
¿Qué sí y qué no avala el proyecto del ministro?
En el documento, el ministro afirma que no tienen fundamento los señalamientos de vicios en el proceso legislativo en el que se aprobó la Reforma Judicial, por lo que desecha esa parte de las impugnaciones.
Entre las propuestas de González Alcántara Carrancá está, principalmente, que no se realice la elección de jueces y magistrados federales ni locales; y en cambio, “en un ejercicio de autocontención”, avala la elección de ministros de la Corte y magistrados del TEPJF.
¿Qué avala y qué invalida de la #ReformaJudicial el Proyecto de Sentencia del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que analizará mañana #LaCorte? ¡Te contamos algunos de sus puntos clave! pic.twitter.com/DD7VV9jFxs
— Suprema Corte (@SCJN) November 5, 2024
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