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DESIGNACIÓN DE SAÚL MONTÚFAR COMO MAGISTRADO PROVISIONAL, FUE IMPUGNADA

DESIGNACIÓN DE SAÚL MONTÚFAR COMO MAGISTRADO PROVISIONAL, FUE IMPUGNADA
Por Abel Miranda Ayala

El Congreso de Guerrero recibió de manera formal un documento en el que se impugna la designación de Saúl Montufar Mendoza como magistrado provisional del Poder Judicial, cargo que ocuparía hasta que se realice el proceso electoral, entre los argumentos para su impugnación se encuentra el que no tiene carrera judicial, además de ser deudor alimentario.
El documento que presentó un ciudadano ante el Congreso local y del que se filtró copia a medios de comunicación, con los sellos de recibido por el Congreso del Estado pero sin revelar el nombre de quien interpuso el documento, establece una oposición formal en contra de la designación de Saúl Montúfar Mendoza como magistrado provisional del Poder Judicial.
El señalado fue designado hace unos días directamente por la gobernadora para ocupar el cargo de magistrado del poder judicial en base a los artículos transitorios de la reforma judicial que establecen que por única ocasión se podría designar magistrados provisionales que fungirán hasta que se realice la elección por voto popular de los juzgadores
El documento se dirigió al diputado Héctor Suárez Basurto en su calidad de presidente de la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación y fue recepcionado el pasado 13 de mayo.
En el documento indica que la constitución política de Guerrero en su artículo 97 establece que los nombramientos de magistrados y jueces integrantes del poder judicial serán hechos preferentemente de entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en el esquema de carrera judicial o que lo merezca por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica.

Algo que no ocurre en este caso pues el designado Saúl Montúfar no tiene una carrera judicial, tampoco una carrera destacada en alguna otra de las ramas de la profesión jurídica.
Adicionalmente el escrito sostiene que la designación contraviene disposiciones constitucionales y legales relacionadas con la protección de niñas, niños y adolescentes porque los aspirantes a cargos jurisdiccionales deben presentar un certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, aunque en esta parte el documento es ambiguo pues si bien señala que Montufar Mendoza tuvo un hijo al que no le otorgó pensión los primeros 28 años de su vida y luego lo demandó por una pensión retroactiva, también establece que no se encuentra inscrito en el padrón de deudores.
Finalmente se menciona la existencia de una carpeta de investigación iniciada en Chilpancingo por hechos posiblemente constitutivos de delito del que no aporta más detalles.
El promovente solicitó al Congreso estatal que se detenga el procedimiento de designación y que se requieran copias certificadas del expediente familiar y de la carpeta de investigación para valorar la idoneidad constitucional y ética del profesionista propuesto

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