Por Baltazar Jiménez Rosales
Para el ex presidente del Consejo Estatal Electoral —hoy Instituto Electoral y de Participación Ciudadana— y ex magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGro), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo muy bien al echar abajo la reforma electoral aprobada a principios de junio pasado por el Congreso del Estado, ya que los diputados locales cometieron varios errores en su aprobación.
Lo importante en este caso, mencionó, es que con esta determinación, esta reforma electoral ya no se aplicará al proceso electoral que iniciará el domingo próximo, es decir, tendrá que seguir aplicándose la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero (LIPEEG) que había sido reformada a principios de junio pasado.
Cabe hacer notar que en su sesión llevada a cabo este jueves, los ministros de la SCJN invalidaron la reforma electoral aprobada a principios de junio pasado por el Congreso del Estado, a través de la cual ordenaba la postulación exclusiva de mujeres en 20 municipios que han sido encabezados por hombres. Además, la norma establecía que la postulación se realizara de manera escalonada durante los próximos tres procesos electorales, aunque en su resolución, una mayoría de ministros consideró lo contrario, pues señalaron que tenía que aplicarse en un solo proceso electoral y no por turnos o bloques.
El especialista en materia electoral explicó que los puntos trascendentes de la reforma electoral que a principios de junio pasado aprobó el Congreso del Estado fueron tres: el primero es que con ella le quitaban al IEPC la facultad de emitir lineamientos en materia de acciones afirmativas y la otra más importante es que limitaban los derechos políticos electorales y, como consecuencia, los derechos humanos de las mujeres para poder participar en determinados municipios, principalmente de carácter indígena, para lo cual formaron tres bloques para imponerles en qué municipalidades sí podrían participar.
En este sentido, Lozano Cruz enfatizó: “si partimos del principio de que los derechos humanos son progresistas, no ‘regresistas’, la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estuvo bien aplicada”.
Agregó que otro error que cometieron los diputados de la 64 Legislatura local es que como la gran mayoría de los municipios afectados eran de carácter indígena, debieron llevar a cabo una consulta, tal y como lo mandata el Artículo 2 Constitucional, lo cual no llevaron a cabo.
Remarcó que por estas dos razones esta reforma electoral ya no será aplicable en el proceso electoral que está por iniciar, porque debido a que las reformas en materia electoral tienen que llevarse a cabo, a más tardar, 90 días antes del inicio de cada proceso electoral, no hay tiempo para que el Congreso del Estado haga las correcciones correspondientes.
En este sentido, insistió en que para el proceso electoral que inicia este domingo 7 de septiembre, será aplicable la legislación anterior, en la cual los partidos políticos sólo están obligados a cumplir con la paridad de género a nivel general en el estado, es decir, si son 84 municipios tendrán que postular 42 candidatos hombres y 42 mujeres a las Presidencias Municipales y si son 28 Distritos Electorales, postularán 14 hombres y 14 mujeres, es decir, “sigue la paridad de género vertical y horizontal”.
A manera de ejemplo, Lozano Cruz detalló: “Acapulco ya tiene tres periodos que está siendo gobernado por una mujer, por lo que si la paridad de género fuera como muchas personas piensan, para este siguiente proceso electoral tendría que ser un hombre; en tanto que en Guerrero, ahora nos gobierna una mujer y la siguiente seguramente será mujer y no necesariamente tiene que ser hombre, estos son asuntos internos de los partidos políticos, porque están obligados a cumplir con el 50 por ciento y 50 por ciento en la paridad de género”.
Insistió en que la determinación que tomó la SCJN es porque esta reforma electoral era regresiva para los derechos políticos electorales de las mujeres y, como consecuencia, de sus derechos humanos y por esa razón fue que la Suprema Corte la echó abajo.
APLAUDE EMILIANO LOZANO RESOLUCIÓN DE LA SCJN DE INVALIDAR REFORMA ELECTORAL










