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EL IEPC EXHORTA A PARTIDOS POLÍTICOS A EVITAR ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA: Fabiola Matildes

Por Baltazar Jiménez Rosales
El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), presidido por Luz Fabiola Matildes Gama exhortó a los partidos políticos, autoridades de gobierno, militantes, simpatizantes, aspirantes y sociedad en general a respetar los plazos electorales y evitar actos anticipados de precampaña y campaña, así como el uso de los recursos y programas públicos.
Fue en su sexta sesión extraordinaria que el Consejo General del IEPC pidió a los servidores públicos abstenerse de realizar promoción personalizada, utilizar programas sociales con fines político-electorales en este proceso electoral que inició el pasado 7 de septiembre, a través del cual se renovará la gubernatura del estado, los 85 Ayuntamientos y las 46 Diputaciones del Congreso local.
En este exhorto, los consejeros electorales también pidieron evitar disponer, utilizar o desviar recursos públicos para favorecer o perjudicar a alguna candidatura, partido o fuerza política.
Insistió en que tanto autoridades estatales como municipales deben mantener los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como evitar que el ejercicio de sus funciones, el uso de los recursos públicos o programas y acciones de gobierno incidan indebidamente en el proceso electoral o en la voluntad del electorado.
Asimismo, a las dirigencias de los partidos políticos, a sus militantes, simpatizantes, aspirantes y futuros candidatos, además de la ciudadanía, les pidió sujetarse a las etapas establecidas para este proceso electoral así como respetar los periodos y términos establecidos en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero (LIPEEG).
El llamado concreto del Consejo General del IEPC es a abstenerse de realizar actos, expresiones, publicaciones o cualquier conducta que pudiera configurar actos anticipados de precampaña o campaña, bajo la advertencia de que incumplir con estas disposiciones podría derivar en el inicio de procedimientos sancionadores o de responsabilidad, así como la imposición de medidas y sanciones en contra de quienes incurran en la violación electoral.
Entre las sanciones que contempla la LIPEEG, se destaca en este exhorto, se encuentran determinar la negativa, improcedencia o cancelación de registros, además de que también se podrá dar vista a las autoridades competentes si los hechos llegan a constituir infracciones administrativas, electorales o penales.

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