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SEEGRO | DETECCIÓN TEMPRANA PARA PROTEGER EL DESARROLLO DE LA NIÑEZ EN GUERRERO

La diputada Leticia Mosso Hernández presentó una iniciativa para incorporar en la legislación de Guerrero la aplicación obligatoria de una prueba de tamiz neurológico y neuromotor neonatal, con el propósito de detectar oportunamente alteraciones, trastornos o patologías que puedan afectar el desarrollo y funcionamiento neurológico de niñas y niños.
La propuesta reforma tanto la Ley Número 1212 de Salud del Estado de Guerrero como la Ley Número 812 para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, buscando que la detección temprana no termine solamente en una prueba, sino que permita garantizar atención, diagnóstico y seguimiento especializado.
Desde el análisis de SEEGRO, el objetivo de la iniciativa es favorable y socialmente relevante.
La detección oportuna de alteraciones neurológicas durante las primeras etapas de vida puede abrir la posibilidad de intervenir tempranamente y mejorar las oportunidades de desarrollo de niñas y niños.
La iniciativa también pone sobre la mesa un problema particularmente importante para Guerrero: las desigualdades territoriales en el acceso a servicios especializados de salud, especialmente para las familias que viven en comunidades rurales, indígenas, afromexicanas o alejadas de los centros urbanos. WYo1DwRUH6rG83SYerhaadrtL3PWmp8AyPtkdeXS.pdf
📊 ANÁLISIS SEEGRO
La propuesta tiene un propósito positivo, pero requiere ajustes técnicos durante su dictaminación para garantizar que pueda convertirse en una política pública realmente aplicable.
La Comisión deberá precisar qué debe entenderse por “tamiz neurológico y neuromotor neonatal”, revisar con especialistas el periodo propuesto para su aplicación —entre el tercer y quinto día de nacimiento y, en determinados casos, hasta los doce meses— y determinar técnicamente si el procedimiento debe aplicarse universalmente o bajo criterios específicos de riesgo.
También resulta conveniente distinguir claramente entre tamizaje, evaluación, diagnóstico, intervención temprana y seguimiento del neurodesarrollo, pues son etapas diferentes que requieren procedimientos y capacidades médicas distintas.
Otro aspecto que deberá fortalecerse es la implementación. Si se establece una nueva obligación para el Sistema Estatal de Salud, será necesario prever protocolos, capacitación del personal, mecanismos de referencia de los casos detectados y capacidad institucional para garantizar atención especializada.
Por ello, la valoración de SEEGRO es favorable en su propósito, con ajustes técnicos necesarios durante la dictaminación.
La Comisión tiene la oportunidad de conservar el objetivo central de la propuesta y fortalecer su sustento médico, operativo y presupuestario.
Detectar a tiempo puede cambiar una vida; legislar correctamente puede hacer que esa oportunidad llegue también a quienes hoy tienen menos acceso a servicios especializados.

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