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EN EL CASO CAMILA, DE TAXCO, DERECHOS HUMANOS EXONERA A POLICÍAS Y EMITE RECOMENDACIÓN A SALUD y FISCALÍA


Por Abel Miranda Ayala
A dos años de ocurrido el caso de la desaparición y posterior asesinato de la niña Camila en Taxco, que derivó en el linchamiento de una mujer que presumiblemente participó en el plagio, la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (CDHEG) emitió una recomendación en la que exonera a los policías de haber sido omisos en su actuación, y adjudica responsabilidad a una enfermera por negar atención médica a la mujer linchada.
En la resolución, también se pide acción sancionatoria para personal de la Fiscalía General del Estado (FGE), que fue omisa en iniciar el procedimiento legal por la muerte de la mujer.
La resolución número 010/2026, emitida por la CDHEG establece que inicialmente fue atraída por la CNDH y esa instancia realizó la investigación pertinente. Al encontrar que los elementos de corporaciones federales no tuvieron ninguna responsabilidad por acción u omisión devolvieron el expediente a la instancia local.
La comisión pidió informes a las dependencias involucradas como la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, al ayuntamiento de Taxco, la Secretaría de Salud, la Fiscalía General del Estado y además de las actuaciones en los juzgados donde se ventiló el caso.
Aunque en el cuerpo del expediente se establece que la seguridad pública es responsabilidad de los tres ordenes de gobierno, también se señaló que hubo actuaciones de los elementos policiales que podrían ser violatorios de los derechos humanos de la mujer que fue linchada, como la forma en que la bajaron inconsciente de la patrulla entre 4 policías, y no haber tapado el cuerpo desnudo, pero en la recomendación no se asigna ninguna responsabilidad a los uniformados.
A la Secretaría de Seguridad Pública únicamente se le recomienda que se diseñe y publique un protocolo de actuación para casos de linchamientos, “el cual regule las actuaciones de las autoridades, la documentación de sus acciones a través de registros y las responsabilidades de los sujetos obligados a su observancia”.

A la Secretaría de Salud, le solicita que el órgano de control interno inicie una investigación por la presunta responsabilidad administrativa en que incurrió una enfermera que habría negado la atención a la mujer linchada, así como al médico que no estaba al frente de la guardia en ese momento, lo que se considera que habría vulnerado los derechos a la protección de la salud y la vida de la mujer.
A la Fiscalía General del Estado le recomendaron que su Órgano Interno de Control inicie el procedimiento administrativo que establece la Ley Número 465 de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guerrero, en contra del agente del Ministerio Público de la Unidad de Investigación 5 del Distrito Judicial de Alarcón, por haber vulnerado el derecho humano a la seguridad jurídica en su modalidad de vulneración al derecho a la legalidad, ello por no haber iniciado de forma diligente la carpeta de investigación por el homicidio de la mujer linchada.

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