Chilpancingo, Guerrero. Febrero 8-2022.- Los gobiernos estatales pueden adoptar medidas específicas sobre el uso del cubrebocas “siempre y cuando no vayan en contra de las normas generales dictadas por la Federación” determina el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La determinación forma parte de la resolución a una acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH (Comisión Nacional de Derechos Humanos) en contra a modificaciones a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, que busco hacer obligatorio el uso de cubrebocas, y con sanciones, a sus ciudadanos.

La Suprema Corte señala que es el Consejo General de Salubridad, el Presidente de la República y la Secretaria de Salud Federal, las autoridades responsables de emitir emergencia sanitaria nacional, y las medidas relativas a la prevención y control de enfermedades transmisibles graves.

En éste contexto la determinación para el Estado de Nuevo León, aplica a todas las entidades federativas en el sentido de que en tanto permanezca la emergencia sanitaria por una enfermedad contagiosa podrá declarar obligatorio -hasta que se declare la conclusión de la emergencia sanitaria- el uso de cubrebocas para toda la ciudadanía, excepto para los menores de edad.

El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Saldivar, al respecto dijo “esto tiene sentido si además, se considera que las autoridades locales son las más aptas para identificar las necesidades de cada entidad federativa”.

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