EL NUEVO CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES ES DE VANGUARDIA Y PARA EL BIEN DE TODAS Y TODOS: MANUEL AÑORVE

  • El Coordinador de los senadores del PRI afirmó que el nuevo Código es una muestra que se pueden construir consensos.
  • “Es un trabajo del que podemos sentirnos orgullosos”, aseguró.

BOLETÍN GPPRI No 135/23

Senado de la República, a 11 de abril de 2023

El nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aprobado por unanimidad en la reunión de las comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda, “es un avance que debemos presumir, es un Código de Avanzada”, aseguró el Coordinador de los Senadores del PRI, Manuel Añorve Baños.

Recordó que era necesario homologar los procedimientos a nivel nacional para agilizar el sistema de impartición de justicia en todo el país.

“Siempre hablamos de pluralidad, de puntos de vista distintos, incluso hay quien habla que no podemos llegar a consensos, y esta es una muestra que sí podemos llegar a consensos, como lo hicimos en su momento con la Guardia Nacional, que el Ejecutivo nos pedía y nosotros demostramos no sólo madurez, sino el trabajo de los acuerdos políticos por el bien de México”, refirió.

Este nuevo Código, expuso, “es por el bien de nuestras familias, y de la sociedad en su conjunto; es un código de avanzada, moderno, cercano a la gente”.

Es un avance –refirió—que debemos presumir. “Es un código de vanguardia, este trabajo es en beneficio de todas y de todos.

En su oportunidad, la senadora priista Claudia Ruiz Massieu reconoció la participación de académicos y colectivos comprometidos en su lucha por los derechos de las víctimas y sus familias.

Expuso que la aprobación del nuevo Código representa uno de los más grandes avances en materia legislativa “este código es un elemento necesario para garantizar la seguridad y los derechos ciudadanos”, dijo.

El nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aprobado se encuentra integrado por 10 Libros, 1191 artículos y 20 transitorios.

En el nuevo articulado se prevén ajustes de procedimiento para personas que pertenecen a grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad; designación de apoyos extraordinarios y reconocimiento a la capacidad jurídica de todas las personas; se visibiliza la supletoriedad en torno al procedimiento de declaración de ausencia por desaparición.

También se incorporan medidas de protección en materia de violencia de género, se incorpora un apartado en materia de adopción, se hace implementación de la oralidad como principio y metodología en los procedimientos; hay aprovechamiento de las tecnologías de la información en los procedimientos; favorecimiento de los medios alternativos para la solución de controversias.

Se incorpora el juicio oral sumario, hay un diseño de un procedimiento para decretar medidas cautelares en dos fases; se da la participación de los Fedatarios Públicos en diversos procedimientos, se implementa un nuevo esquema del concurso de acreedores, y se da optimización y practicidad del sistema de recursos.

En el nuevo Código Nacional se privilegia la oralidad, la igualdad, el respeto a los derechos humanos en todos los procesos, así como la regulación de los medios digitales como herramientas indispensables para hacer realidad una justicia pronta y completa.

Contiene un glosario de términos muy novedoso. En los principios que regirán tanto en la materia civil como familiar se le da especial atención al interés superior de la infancia, juzgar con perspectiva de género, igualdad y equidad y, accesibilidad a grupos sociales en situación de vulnerabilidad.

Se añade la figura de Representante Social con funciones análogas a las del Agente del Ministerio Público.

Las acciones y excepciones procesales se adecuan a la nueva naturaleza del Código

Nacional.

Se hace prevalecer la exclusión de formalismos innecesarios.

Las más amplias facultades de dirección procesal las tienen, como hoy, las autoridades jurisdiccionales.

Se dispone la suplencia en el procedimiento a integrantes de grupos sociales en

situación de vulnerabilidad.

Se hacen aplicables reglas y principios del juicio oral en todo lo que resulte compatible.

Se da paso al trámite mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación.

La competencia se presenta como objetiva y subjetiva, pero en términos generales

continúa el mismo formato y reglas que la rigen en la actualidad.

Los libros que componen el nuevo Código Nacional son:

LIBRO PRIMERO: “Del Sistema de Impartición de Justicia en materia Civil y Familiar”

LIBRO SEGUNDO: “Del Procedimiento Oral Civil y Familiar”

LIBRO TERCERO: “De la Justicia Civil”

LIBRO CUARTO: “De la Justicia Familiar”

LIBRO QUINTO: “De los Juicios Universales”

LIBRO SEXTO: “De las Acciones Colectivas”

LIBRO SÉPTIMO: “De los Recursos”

LIBRO OCTAVO: “De la Justicia Digital”

LIBRO NOVENO: “De la Sentencia, Vía de Apremio y su Ejecución”

LIBRO DÉCIMO: “De los Procesos de Carácter Internacional”

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