Chilpancingo, Gro. 08 de junio de 2023

El diputado por Morena, Masedonio Mendoza Basurto, votó en contra del dictamen de reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, relacionadas a la postulación de personas indígenas como candidatos a diputaciones locales y ayuntamientos, aprobada este día por mayoría de votos del Congreso local, por considerar que su redacción es ambigua y que abre la posibilidad de que esos espacios sean concedidos a personas mestizas.

Previo a la votación del dictamen que presentó la Comisión de Justicia, Mendoza Basurto intervino en tribuna para razonar su voto en contra del proyecto. El legislador argumentó que este tipo de reformas lejos de facilitar la inclusión de los pueblos indígenas, facilita la corrupción de las autoridades.

“En otras palabras, no es ni será lo mismo la representación y validación del comisario ejidal, comisario o del presidente municipal, a la misma pero por el gremio que a estos lo representan”.

Mendoza Basurto señaló que en el dictamen existe ambigüedad interpretativa, pues establece que para la postulación de candidaturas y el registro de las fórmulas para diputaciones deben considerarse personas “de origen indígena”, cuando a criterio del diputado debería decir “personas que sean indígenas”.

“De esta manera, y con mucho respeto, cualquier criollo y mestizo puede representar a las y los hermanos indígenas, eso compañeras y compañeros diputados es una invasión legal a la legitima autoadscripción que realizamos las personas que tenemos una ascendencia como tal”.

Otro elemento que argumentó el diputado, es la contradicción que existe entre el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) y el dictamen de la Comisión de Justicia, pues mientras el primero determinó que los partidos deben postular a personas indígenas en seis distritos locales y a personas afromexicanas en uno, el segundo plantea que la postulación de indígenas y afromexicanos sólo debe ser en la mitad de esos espacios.

También mencionó que los pueblos indígenas han tomado decisiones sobre los ejercicios democráticos que los atañen bajo la figura de la asamblea comunitaria, que cuenta con reconocimiento constitucional, y es considerada el órgano supremo del núcleo de población ejidal o comunal.

Masedonio Mendoza comentó que el dictamen contempla en una de sus páginas una propuesta emanada de la consulta que aplicó el Congreso en coordinación con el IEPC a los pueblos indígenas, que establece que las constancias de adscripción que emitan las autoridades comunitarias deben ser aprobadas o validadas en asambleas comunitarias, sin embargo dicha iniciativa no se vio reflejada en la reforma a la Ley; “¿será que en esta consulta no existieron actas suficientes de asambleas comunitarias para motivar su inclusión?”, cuestionó.

“Por cuanto a nosotros se trata, pareciera que el IEPC, la comisión dictaminadora y nosotros como Congreso simplemente simulamos una consulta, por lo que no extrañe que podríamos estar a las vísperas de otra nueva controversia constitucional”.

Finalmente, pese a estas advertencias, las reformas fueron aprobadas con 33 votos a favor, dos en contra y dos abstenciones.

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