• LA UNAM SÍ TIENE FACULTADES PARA DECLARAR LA NULIDAD DEL EXAMEN PROFESIONAL

Es triste que el Rector, el Abogado General y el Director de la Facultad de Derecho de la UNAM, hagan gala pública de su ignorancia respecto a las normas jurídicas aplicables al caso del título derivado de un plagio de tesis. Qué vergüenza ver a Raúl Contreras Bustamante quien se ostenta como Director de la Honorable Facultad de Derecho apareciendo como vedette en los medios de comunicación para hacerse fama y proclamar a los cuatro vientos que la UNAM no puede hacer nada y una su voz al Abogado General Alfredo Sánchez Castañeda en el mismo sentido demostrado que los dos funcionarios no tienen criterio jurídico y son pésimos asesores para el Rector Enrique Graue.

A los abogados anteriormente ya mencionados se los olvida que el UNAM de acuerdo con los artículos 2 fracción IV de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México y 5 del Estatuto General de Universidad Nacional Autónoma de México establecen que la UNAM tiene la facultad de expedir certificados de estudios, grados y títulos, por ende también tiene la facultad de quitar el título concedido además se aplica el principio general de derecho: quien puede lo más puede lo menos.

Cabe agregar que la UNAM de acuerdo con el artículo 1° de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México es un organismo descentralizado de la administración pública, por lo que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, por tal motivo la UNAM tiene autonomía para administrar su patrimonio y autogobernarse, en virtud de lo anterior la UNAM goza de la potestad de emitir su propia normatividad, es por ello que a ella le compete resolver el asunto de la nulidad del examen profesional, porque ese examen y el título que de él deriva tienen como fundamento la normatividad interna de la UNAM. Por eso fue un desacierto y una cobardía mandar el asunto a Dirección General de Profesiones, pues efectivamente esta última no tenía facultades.

Ahora bien, lo que debe ser declarado nulo es el examen profesional porque es un acto jurídico en el rubro del derecho administrativo. El examen adolece de una nulidad absoluta porque existe ilicitud en el objeto, motivo o fin, porque la tesis que fue materia del examen era una copia de una tesis presentada un año antes, aquí aplica el principio: primero en tiempo primero en derecho; recordemos que la tesis debe ser un trabajo original escrito por el alumno, un trabajo copiado a todas bruces es un objeto ilícito, esta circunstancia vicia al acto, es decir, vicia al examen profesional, por lo tanto adolece de una nulidad absoluta, que dicho sea de paso es la sanción que el legislador impone a un acto jurídico ilícito o en su defecto a un acto que carece de los elementos de existencia.

La nulidad absoluta es inconvalidable e imprescriptible, es decir que el simple paso del tiempo ni la ratificación del acto por parte de las partes implicadas subsana al acto que nació viciado, así que pueden pasar mil años y ese examen seguirá sufriendo de una nulidad absoluta que debe ser denunciada ante la autoridad judicial competente para que sea declarada y surta efectos. Todo lo que deriva del acto ilícito es nulo, porque aplica el principio general de derecho: “lo accesorio sigue la suerte de lo principal”. En otras palabras, todo lo que deriva del examen profesional que es nulo quedaría sin efectos, por consiguiente, el título expedido por la UNAM se puede revocar y sin título no hay cédula. Entonces sí aplica el artículo 67 fracción I de la Ley reglamentaria del artículo 5° constitucional para que Dirección General de Profesiones cancele el registro del título.

Esta es sola una forma de declarar la nulidad del examen profesional y quitar el título. Existen otro tipo de argumentos y legislaciones que nos pueden ayudar a resolver el caso. Porque de lo ilícito no puede derivar un título lícito, y una conducta que no hace justicia a la ética de la UNAM debe ser condenada. Como comunidad universitaria debemos rechazar las falacias de las autoridades que tienen miedo, son cobardes o peor aún han cerrado filas a propósito para que el plagio sea convalidado por supuesta falta de normatividad.

No podemos permitir que no sea sancionado el acto ilícito porque con ello la UNAM está dando manga ancha para que los alumnos se titulen con trabajos copiados o plagiados. Estas en juego la dignidad de la institución.

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